Recibir una demanda de desahucio exige actuar con rapidez: revisa la notificación, identifica la causa, reúne pruebas y busca ayuda profesional o social si la necesitas.
Si te preguntas ¿qué hacer si recibo una demanda de desahucio? , no la ignores: comprueba la fecha de notificación, el juzgado, la deuda y el plazo indicado. Cada resolución puede fijar actuaciones y fechas distintas.
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Revisa la notificación y actúa hoy
Abre la resolución y localiza el plazo exacto antes de tomar una decisión. La fecha relevante suele ser la de notificación judicial, no la de un aviso telefónico o un mensaje del arrendador.
Distingue cada documento judicial
La demanda explica qué pide el demandante y por qué, mientras que el decreto, la cédula o la citación indican cómo y cuándo debes actuar. Lee los anexos: suelen incluir contrato, detalle de deuda y comunicaciones previas.
Anota ocho datos en una hoja
Copia los datos esenciales sin fiarte de la memoria:
La fecha y la forma en que recibiste la notificación judicial.
El Juzgado de Primera Instancia y el número de procedimiento.
El nombre del demandante y de cada persona demandada.
La causa indicada: impago, fin de contrato, precario u ocupación.
La deuda reclamada, separando rentas, suministros, intereses y costas.
El plazo escrito para pagar, oponerte o comparecer.
La fecha de vista, si aparece señalada.
La fecha de lanzamiento, si ya figura en la resolución.
No existe un plazo universal para responder a todos los desahucios. Sigue el plazo escrito en tu resolución y cuenta desde la notificación practicada por el juzgado.
Conserva el sobre, el aviso de Correos, la cédula y todas las hojas anexas. Si falta la demanda o sus documentos, pide una copia completa en el juzgado con el número de procedimiento anotado.
Entiende en qué fase está el procedimiento
La demanda es el escrito en el que la parte arrendadora solicita recuperar la vivienda y, en su caso, reclamar rentas u otras cantidades. Tras su admisión, recibirás una notificación judicial de desahucio del juzgado que puede incluir la demanda, sus documentos y un decreto o cédula con el plazo para actuar. Dentro de ese plazo puedes pagar cuando proceda, formular oposición o alcanzar un acuerdo. Si existe oposición, puede señalarse una vista; si no se actúa o la oposición no prospera, el procedimiento puede avanzar hasta la resolución correspondiente y, en su caso, la fecha de lanzamiento .
Cada paso depende de la causa del desahucio y de la resolución concreta, por lo que conviene revisar todas las páginas recibidas.
Identifica la causa que cambia tu respuesta
La defensa depende de la causa alegada, porque impago, fin de contrato y precario no se revisan igual.
Si reclaman impago de alquiler
Compara la deuda reclamada con transferencias, recibos, ingresos y justificantes de pago. Revisa si se incluyen suministros, intereses, penalizaciones o costes no previstos en el contrato.
Si alegan fin del contrato
Revisa fecha de inicio, duración pactada, prórrogas y avisos del arrendador. Guarda mensajes, correos o recibos que acrediten una prórroga o que se siguió cobrando renta tras la fecha discutida.
Si hablan de precario u ocupación
En un precario u ocupación sin título, resulta esencial comprobar si existe autorización, cesión, pagos, herencia o cualquier documento que justifique permanecer en la vivienda. Entregar las llaves sin un acuerdo escrito no impide necesariamente una reclamación posterior de deuda.
Causa indicada Prueba inicial Respuesta que revisar Pago como solución Impago Contrato y recibos Deuda, pagos y enervación Puede servir si cumple requisitos Fin de contrato Contrato y avisos Plazo, prórroga y preaviso No suele resolver la posesión Precario Autorización o cesión Título para ocupar No equivale a enervar Ocupación sin título Documentos de posesión Hechos y legitimación Depende de un acuerdo
Ordena pruebas y calcula tu plazo real
Una carpeta ordenada y una cronología clara permiten valorar una oposición útil dentro del plazo.
Reúne pruebas sin perder tiempo
Prepara contrato, anexos, recibos, extractos bancarios, fianza, burofaxes, correos y mensajes ordenados por fecha. Anota cada hecho junto con su prueba, indicando la fecha de transferencia, el importe y el justificante.
Pide defensa y justicia gratuita
Solicita abogado y, si procede, procurador antes de que venza el plazo indicado. Si no puedes afrontar el coste, consulta la justicia gratuita ante el Colegio de Abogados de tu provincia conforme a la Ley 1/1996. El Consejo General de la Abogacía Española reúne los colegios territoriales donde puede orientarse la solicitud.
La solicitud de justicia gratuita no permite asumir que todos los plazos quedan detenidos. Entrega una copia legible de toda la resolución, incluida la última página, y sigue las instrucciones del juzgado.
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Elige entre pagar, oponerte o pactar
Antes de pagar o entregar las llaves, compara si conviene enervar, oponerse o negociar una salida escrita.
Valora la enervación con detalle
La enervación puede evitar un desahucio por impago mediante el pago de cantidades exigibles cuando la ley lo permite. Deben revisarse rentas, cantidades asimiladas, intereses, costas, requerimientos previos y posibles enervaciones anteriores.
Un acuerdo de salida debe indicar por escrito la fecha de entrega, llaves, deuda, fianza, suministros y costas. Si pretende detener el procedimiento, debe prever la comunicación correspondiente al juzgado.
Opción Efecto posible Riesgo si se hace mal Pagar Puede permitir enervar en impago Pagar una cantidad incompleta Oponerse Permite exponer pagos o defensas Presentarla fuera de plazo Pactar salida Puede dar fecha y reducir conflicto Aceptar promesas verbales No actuar El expediente puede avanzar Perder defensas y acercar lanzamiento
Cuándo puede utilizarse la enervación
La enervación del desahucio solo opera, con carácter general, en una demanda por impago de alquiler y exige revisar si puede abonarse la totalidad de lo debido: rentas vencidas, cantidades asimiladas que procedan, intereses y costas reclamadas o devengadas. No basta normalmente con pagar una parte ni con prometer un pago futuro. Además, puede no ser posible si ya se enervó un desahucio anterior respecto de la misma relación arrendaticia o si el arrendador realizó un requerimiento de pago fehaciente al inquilino al menos treinta días antes de presentar la demanda y la deuda no se pagó entonces.
Un burofax, su fecha, su contenido y el justificante de recepción pueden ser decisivos para valorar esta opción.
Comunica vulnerabilidad y busca alojamiento
Acude a servicios sociales municipales si perder la vivienda te deja sin alternativa habitacional. La vulnerabilidad debe acreditarse y comunicarse por los canales adecuados, sin abandonar la defensa judicial.
Solicita una cita urgente y aporta ingresos, prestaciones, gastos, padrón, composición familiar, menores, dependencia, discapacidad o violencia de género si aplica. Pide justificante de la cita y copia de la solicitud o del informe.
Pide alternativas habitacionales
Pregunta por alojamiento de emergencia, ayudas al alquiler, mediación y recursos municipales de vivienda. La suspensión depende del caso, requisitos vigentes y decisión judicial, por lo que debes mantener los plazos de la resolución.
⚠️ Alegar vulnerabilidad sin informe, justificantes ni comunicación al juzgado puede dejar la petición sin base suficiente.
Preguntas y respuestas
¿Qué pasa si no contesto una demanda?
El juzgado puede continuar el procedimiento sin conocer tus pagos o defensas. Revisa el plazo de la resolución antes de que venza.
¿Puedo pagar para evitar el desahucio?
Puede ser posible en un desahucio por impago mediante enervación si se cumplen sus requisitos. Revisa la deuda completa antes de pagar.
¿Tengo diez días para responder siempre?
No siempre, aunque en ciertos juicios verbales puede aparecer un plazo de diez días. Sigue el plazo y las instrucciones de la resolución recibida.
¿Qué hago si ya tengo fecha de lanzamiento?
Busca asistencia letrada urgente y revisa pagos, acuerdos, recursos o una situación de vulnerabilidad acreditada.
¿Sirve pagar solo una parte de la deuda?
Puede reducir el importe pendiente, pero no suele cerrar el procedimiento por sí solo. Comprueba rentas, suministros, intereses y costas.
¿Me pueden desahuciar si tengo menores?
Tener menores no suspende automáticamente el lanzamiento. Acude a servicios sociales y comunica la situación por la vía adecuada.
¿Qué ocurre si entrego las llaves?
Entregar llaves puede terminar la posesión, pero no elimina una deuda sin acuerdo escrito. Exige un recibo fechado.
¿Puedo pedir un abogado si no tengo dinero?
Sí, puedes solicitar justicia gratuita si cumples los requisitos económicos y documentales de la Ley 1/1996. Consulta al Colegio de Abogados antes de que venza el plazo judicial.